DECLARA: a los ciudadanos: MARIA ELENA PEREZ DE DIAZ, en su condición de cónyuge, MANUEL ANTONIO DIAZ MATHEUS y MANUEL GUILLERMO, PATRICIA CAROLINA y MARIA ELENA DIAZ PEREZ, en su carácter de hijos, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.988.776, V-12.231.851, V-14.042.012, V-18.089.503 y V-18.089.504 respectivamente, como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano MANUEL ANTONIO DIAZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-3.657.279; DEJÁNDOSE A SALVO EL DERECHO DE TERCEROS QUE ALEGUEN IGUAL O MEJOR DERECHO.