PRIMERO: LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges ciudadanos ROSA IRIS BARILLAS VILLAMIZAR y NILSON FERNANDO CALA LIZCANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.221.175 y V-5.651.395, en su orden y domiciliados en el Municipio Independencia del Estado Táchira, la cual fue decretada por este Tribunal el 14 de diciembre de 2011.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, mediante Acta de Matrimonio N° 84, de fecha 29 de diciembre de 2009, ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Táchira.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.