Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud del INTERÉS SUPERIOR DE LOS HERMANOS __________, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana ILDA CACERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.233.923 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, contra el ciudadano ARMANDO GONZALO CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.468.211 y con domicilio en el Municipio Libertad, Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, realizado por el ciudadano ARMANDO GONZALO CHACON, ya identificado.
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de CUATROCIET.....