PRIMERO: CON LUGAR la solicitud por AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, presentada por la ciudadana VIRGINIA GÁMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.685.150 y domiciliada en el Municipio Libertad, Estado Táchira, contra el ciudadano JOSÉ CONSOLACIÓN CASIQUE DEPABLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.038.448 y domiciliado en el Municipio Libertad, Estado Táchira.
SEGUNDO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA a la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00) mensuales, los cuales deberá depositar el obligado alimentario, a partir del mes de Julio de 2006.
TERCERO: En cuanto a los gastos de las temporadas escolar y de navidad, en los meses de septiembre y diciembre de cada año, se fija una cuota extraordinaria en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.120.000,00) cada una, adicionales a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En relación con los gastos de asistencia médica y medicinas, éstos será.....