le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículo 9 y 10 del Reglamento de Ley Orgánica del Trabajo y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Una vez quede firme la presente decisión archívese el expediente.