PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano AGUSTÍN ALBERTO CORREA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.617.539 y domiciliado en Caracas, en su carácter de PROPIETARIO ARRENDADOR, contra los ciudadanos CARMEN ONEIDA OLMOS DE RAMÍREZ y JAVIER ENRIQUE RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 11.498.817 y V- 9.965.767 en su orden y domiciliados en el Municipio Independencia del Estado Táchira, en su carácter de ARRENDATARIOS, por DESALOJO.
SEGUNDO: SE CONDENA a los ciudadanos CARMEN ONEIDA OLMOS DE RAMÍREZ y JAVIER ENRIQUE RAMÍREZ, ya identificados, a hacerle entrega al ciudadano AGUSTÍN ALBERTO CORREA ROJAS, también identificado, del inmueble objeto del contrato verbal de arrendamiento el cual forma parte del Conjunto Residencial "Los Correa", ubicado en el Llanito, Aldea Sucre, Municipio Independencia del Estado Táchira, construido en un lote de terreno propio cuyos linderos y medida.....