PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud DE REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana DELI YORANQUIEL DEL MAR CHACÓN MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.041.527 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, contra el ciudadano IVAN ENRIQUE RAMIREZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.106.962 y con domicilio en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada, a partir del mes de Septiembre de 2013.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs.1.000,00), adicional a la cuota ordinaria mensual.
QUINTO: En cuanto a los gastos de la temporada decembrina, se fija una cuota extraordinaria, en la ca.....