PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana AURA ESPERANZA GONZALEZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.177.294 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra el ciudadano AMILCAR DELFIN CARRILLO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.348.381 y con domicilio en el Municipio Independencia, Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.500,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Octubre 2011.
TERCERO: En cuanto a los gastos de las temporadas, escolar y de navidad, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs.1.000,00) cada una, adicionales a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistencia médi.....