declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana MARÍA VALERIA CHACON DE VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-2.894.456 y domiciliada en el Municipio Independencia, asistida por la abogada EVELIN ZULAY CHACON DE SAYAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 28.490, mediante el cual con fundamento en el artículo 34, ordinal a) de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, demandó a la ciudadana LINA ROSALBA BRICEÑO DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.684.831 y con domicilio en el Municipio San Cristóbal, por DESALOJO y RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.