PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA presentada por el ciudadano ROLANDO ELIAS CARRERO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.110.286 y con domicilio en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; a favor de los niños ..., representados por la ciudadana YULIETH BARRERA RDRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.988.419 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 150,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el ciudadano ROLANDO ELIAS CARRERO DELGADO, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Enero de 2008.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. 200,00), adicional a la cuota ordinaria mensua.....