PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, presentada por el ciudadano LUIS ROBERTO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.621.941 y con domicilio en el Municipio Libertad, Estado Táchira; contra la ciudadana CARMEN MILAGRO NIETO LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.029.332 y domiciliada en el Municipio Libertad, Estado Táchira.
SEGUNDO: SE MANTIENE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 125.817,38) mensuales, la cual fue fijada en Sentencia Definitiva de fecha 02 de Noviembre de 2.005.
TERCERO: SE MANTIENEN LAS CUOTAS EXTRAORDINARIAS, correspondientes a los gastos de la temporada de inicio escolar y de temporada decembrina, en CIENTO SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 170.000,00) cada una.
CUARTO: En cuanto a los gastos de Asistencia Médica y Medicinas, éstos serán compartidos por a.....