PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Desalojo y Cobro de Cánones de Arrendamiento.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ ÁLVIAREZ, ya identificado, a hacer entrega a los ciudadanos YNDIRA ONEIDA DÍAZ SILVA y JOSÉ ADINAN GALVIS BANDERAS, antes identificados, del inmueble de su propiedad ubicado en el Barrio Los Hornos, Municipio Libertad, una vez vencido el plazo improrrogable de SEIS (6) meses previsto en el parágrafo primero del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que comenzará a correr luego que conste en autos la notificación del demandado, la cual se ordenará cuando se encuentre definitivamente firme la presente decisión.
TERCERO: SE CONDENA al ciudadano JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ ÁLVIAREZ, a cancelar a los ciudadanos YNDIRA ONEIDA DÍAZ SILVA y JOSÉ ADINAN GALVIS BANDERAS, la suma de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 280.000,00) por concepto de cánones de arrendamiento vencidos y no pagados correspondientes a los meses de Noviembre y Dicie.....