PRIMERO: CON LUGAR la solicitud DE AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA presentada por la ciudadana CLARI MARINI USECHE PARADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.437.326 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, contra el ciudadano CÉSAR ADELCADER FUENTES ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.970.591 y con domicilio en el Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR EL OFRECIMIENTO realizado por el ciudadano CÉSAR ADELCADER FUENTES ALVAREZ, ya identificado, en relación con el monto mensual de la obligación alimentaria, la cual queda establecida en la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. 240,00), a partir del mes de enero de 2008.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. 500,00), adicional a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos d.....