PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA presentada por la ciudadana GLENDA SORGEY CABALLERO BARRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.180.791 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, contra el ciudadano LUIS FRANCISCO BUITRAGO CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.099.198 y con domicilio en el Municipio Torbes del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR el ofrecimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA realizado por el ciudadano LUIS FRANCISCO BUITRAGO CARREÑO.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs.150.000, 00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Abril de 2008.
CUARTO: En cuanto a los gastos escolares, de navidad, asistencia médica, medicinas y cualquier otro imprevisto, serán compar.....