PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA presentada por la ciudadana GEIDY ANDREA AGUILAR CARDONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.777.695 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra el ciudadano MAYKEL ENIQUE APONTE VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.408.933 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR el ofrecimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA realizado por el ciudadano MAYKEL ENIQUE APONTE VARGAS, a favor de su hijo ....
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.120.000, 00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Agosto de 2007.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, el obligado alimentario deberá comprarle a su hijo todo.....