DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos RICARDO RUIZ GUERRERO y SANDRA MIREYA RAMIREZ CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.168.435 y V-10.175.977 en su orden y domiciliados el primero en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo y la segunda en el Municipio Independencia, Estado Táchira, conforme lo dispone el artículo 185-A del Código Civil.