Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, NIEGA la admisión de la prueba de posiciones juradas y la solicitud de dictar auto para mejor proveer, ambas promovidas por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA ROA CÁRDENAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V_ 13.549.523, asistida por el abogado JOSÉ RUFO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.694.