PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del ciudadano LUIS ALBERTO MALDONADO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.168.208, con domicilio en Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud por Aumento de la Obligación Alimentaria, presentada por la ciudadana NERSA MARLIN JORDÁN CASIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.232.122, domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira; a favor de los adolescentes LUIGI JOSÉ, LUIS RICARDO y MICHAEL ALBERTO MALDONADO JORDÁN.
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA a la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 77.483,19) MENSUALES, los cuales deberán seguirse descontando directamente por nómina a partir del mes de diciembre de 2005.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar, en el mes de septiembre y la temporada decembrina, se fija una cuota.....