PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana LUDYS MARÍA BETANCUR CASTRO, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 23.007.575 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra el ciudadano DOMICIANO PARRA.
SEGUNDO: CON LUGAR el ofrecimiento de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentado por el ciudadano DOMICIANO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.742.715 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira; a favor de sus hijos JHON STEEVEN y YOR DANIEL.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de SETENTA BOLÍVARES (Bs. 70,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin, a partir del 30 de abril del corriente año.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar en septiembre y la temporada decembrina.....