Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, instaurado por los Adolescentes xxxxxxxxxxxxxxxx (se omite de conformidad con el artículo 65 de la LOPNA) , venezolanos, de 16 y 15 años de edad, titulares de las cédulas de identidad N° xxxxxxxxxxxxxxxxxxx y domiciliados en el Municipio Independencia del estado Táchira, contra el ciudadano JESUS MANUEL CARBALLO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.921.460 y domiciliado en Caracas, Distrito Capital; por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; en consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.