le imparte su HOMOLOGACIÓN a la transacción, conforme con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. A tenor de lo previsto en el artículo 724 eiusdem, se acuerda expedir a las partes copia certificada del acta de operación de deslinde y del presente auto, a los fines legales correspondientes.