En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de la Manutención suscrita entre las partes EDILIA CARRILLO ORTIZ con el carácter de progenitora de la Adolescente YULIMAR RANGEL CARRILLO madre de la niña KIMBERLY ALEXANDRA MARQUEZ RANGEL partes demandante y el ciudadano JESUS ALBERTO MARQUEZ ALTUVE, inserta en el folio (f. 02), por ante la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira