CAPITULO IV
DE LA DECISIÓN
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Aumento de la Obligación Alimentaria a favor del niño CARLOS JAVIER DOMÍNGUEZ ROA, y decide:
PRIMERO: Se establece como obligación Alimentaria la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs.80.000,oo) mensuales, los cuales deberán ser depositados por el obligado CARLOS ANDRÉS DOMÍNGUEZ, los primeros cinco (5) días de cada mes en la cuenta de ahorros Nro. 0007-0036-32-0010085004 a nombre del Tribunal Supremo de Justicia cuyo beneficiario es el niño CARLOS JAVIER DOMÍNGUEZ, representado por la madre RAMONA DEL CARMEN ROA CHACON.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Agosto el doble de la Obligación Alimentaria es decir la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs.160.000,oo) a fin.....