CAPITULO IV
DE LA DECISION.
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación Alimentaria presentada por la ciudadana MARGARITA GUILARTE BORRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.361.889, a favor de su hija YNGRID SANTANA GUILARTE domiciliada en La Pedrera detrás de la Estación de Servicio la "Y", Municipio Libertador del Estado Táchira y decide:
PRIMERO: Se establece como aumento de la obligación alimentaria, la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,oo) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Agosto de cada año el doble de la Obligación Alimentaria, es decir; la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,oo), a fin de cubrir gastos de útiles esco.....