CAPITULO IV
DE LA DECISIÓN
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria presentada por la ciudadana GLORIA DEL CARMEN PULIDO ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.147.819, a favor de sus hijos: GENESIS DEL CARMEN y NEIVER ALBERTO DUGARTE PULIDO, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Alimentos la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000.00) mensuales, los cuales deberán ser descontados por el empleador del salario mensual devengado por el obligado y depositados los primeros cinco días de cada mes en la cuenta de ahorros de Banfoandes a nombre del Tribunal Supremo de Justicia, cuyos beneficiarios son la adolescente GÉNESIS DEL CARMEN Y DEL NIÑO: N.....