Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR al ofrecimiento de Obligación de Manutención presentado por el ciudadano: JHONNY MATÍAS ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.724.131, para el niño: KEINNER JHOANDERS ZAMBRANO MOLINA, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el doble de la obligación de Manutención, es decir; cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.600.00), a fin de cubrir gastos de útiles y uniformes escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de diciembre de cada año el doble de la obligación de Manutención, es decir; cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (.....