Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: GREYLI COROMOTO ROSALES MIRANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.213.108, para su hijo AISMAR EUGENIO ANTONIO ROA ROSALES, y decide:
PRIMERO: Se establece como Aumento de la Obligación de manutención la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,oo) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el Bono de útiles que otorga la Empresa SADEVEN que corresponde a (35) días de salario básico, tal como lo indica en la comunicación remitida por dicha Empresa inserta en el folio (58).
TERCERO: Se establece para el mes de diciembre de cada año la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (B.....