CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de aumento de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: VIANNEY SUÁREZ VEZGA, venezolana, mayor de edad, residenciada frente a la Hacienda Los Abuelos, vía El Llano, Nro. 19589, El Milagro, Municipio Libertador del Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.371.000, para su hijo: RICHARD ALEXIS COBARÍA SUÁREZ, y establece:
PRIMERO: como nuevo monto de la Obligación de Manutención la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 230,00) mensuales.
SEGUNDO: para el mes de agosto de cada año el doble de la obligación de manutención, es decir; cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA BOLÍVARES (Bs. 460,00), a fin de cubrir gastos de útiles escolares.
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