CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación Alimentaria suscrita entre las partes ciudadana ROSA SOLEY PARADA VARGAS y CARLOS ANDRÉS PÉREZ CASIQUE. inserta en el folio (f. 05), por ante la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 24 de Enero de 2007, donde el padre fijo el monto de la Obligación de alimentos para sus hijas KARLA ISABED, ANDREA MACARENA, DUFAY CELESTE PÉREZ PARADA, en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.150.000,oo) mensuales los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros aperturada, en la entidad bancaria Banfoand.....