En fecha 16 de diciembre de 2004, compareció ante este Tribunal el demandado de autos, ciudadano: JOSÉ ALBERTO MORENO, dándose por citado y en la misma oportunidad ofreció aumentar la pensión de alimentos a la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000.00) mensuales, el doble de dicha cantidad, es decir; DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 240.000.00) para los meses de agosto y diciembre de cada año, para cubrir los gastos de útiles y uniformes escolares y de fin de año, respectivamente. Posteriormente en fecha 10 de enero de 2005, comparece la demandante, ciudadana: CORINA del CARMEN CANELONES MOLINA, quien mediante diligencia manifestó que acepta el ofrecimiento de aumento de la Pensión de Alimentos hecha por el demandado, en consecuencia y por cuanto el convenimiento entre las partes no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando jus.....