CAPÍTULO III
DE LA HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto el convenio suscrito entre las partes no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte homologación al acta de ofrecimiento de la obligación alimentaria, de fecha 06 de agosto del 2007, suscrita entre la adolescente Reina Teresa Sánchez Hernández y el ciudadano José Reyes Sánchez Rojas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente