Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en consecuencia extinguida la demanda que por Obligación de manutención, incoada por la ciudadana: MARLY SULAY GELVES PEÑA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula Nro.V-14..179.542, domiciliada en el sector los Manguitos, Calle Principal, entre la Morita y Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, a favor de las niñas: MARDDY BLAYERLYN y SANDY MILENA APARICIO GELVES. No hay condenatoria en costas, en virtud de lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil