Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR el ofrecimiento de fijación de Obligación de Manutención presentada por el ciudadano: LUIS ENRIQUE BAUTISTA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.177.199, para sus hijos los niños LEIDY MILENA, DECSY LORENA y LEIVER ENRIQUE BAUTISTA PERNIA en fecha 29 de Abril de 2011, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) mensuales
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el doble de la obligación de Manutención, es decir; la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,oo) para cubrir los gastos útiles, uniformes escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de Diciembre de cada año el doble de la o.....