CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación Alimentaria suscrita entre las partes LEDYS YANETH MALDONADO SÁNCHEZ y JAVIER JESÚS BETANCOURT LUNA, por ante la Fiscalía Decimaquinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 29 de Mayo de 2006, donde el padre fijo el monto de la Obligación de alimentos para los niños EDUARD HENRIQUE y JARELIZ YANETH BETANCOURT MALDONADO, en la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.200.000,oo) mensuales y en los meses de Septiembre y Diciembre el padre se compromete a dar la mitad de los gastos de vestuario más el 50% de los gastos médicos .....