Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación Alimentaria presentada por la ciudadana ALBA MARÍA MORENO ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.495.149, a favor de sus hijas ALBANY ALEJANDRA, CARMEN YAJAIRA y YENIFER GODOY MORENO, domiciliada en Naranjales, Barrio Buenos Aires calle 2 carrera 4 casa S/N, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira y decide:
PRIMERO: Se establece como aumento de la obligación alimentaria la cantidad de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 90.000,oo) mensuales, los cuales deben ser descontados del salario mensual devengado por el obligado JAIRO ANTONIO GODOY VILLAMIZAR y depositados los primeros cinco días de cada mes en la Cuenta de Ahorros Nro. 0007-.....