Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de la obligación de manutención, presentada por el ciudadano: YHONATAN KELWINS BECERRA LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.612.223, para su hijo: JHONKELWINS DAVID BECERRA CAÑAS, y decide:
ÚNICO: El obligado deberá acatar la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 28 de septiembre de 2009, para el pago de las obligaciones de manutención de su hijo: JHONKELWINS DAVID BECERRA CAÑAS