CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las anteriores razones de hecho y derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación DE Manutención presentada por GUADALUPE BUITRAGO CARVAJAL, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.235.601, y decide:
PRIMERO: mantener como cuota por obligación de manutención la cantidad de TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON SESENTA Y DOS BOLÍVARES (Bs.322.404,62) mensuales, los cuales seguirán siendo descontados de la pensión de jubilación que percibe el obligado LUIS ANDRÉS BECERRA BUITRAGO, ante la Gobernación del Estado Táchira.
TERCERO: Se mantiene como cuota del mes de agosto la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON VEINTICUATRO BOLÍVARES (Bs.644.809,24) para .....