En fecha 29 de febrero de 2012, comparecieron los ciudadanos: JULIÁN RAMÓN CARDOZA VILLAMIZAR y ERIBERTA YOCELIN PEREIRA ROA, parte oferente y representante legal de la beneficiaria, respectivamente; quienes convinieron en la fijación del monto de la obligación de manutención, para JHONATAN DAVID CARDOZA PEREIRA, forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 29 de febrero de 2012, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente