Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de la obligación Alimentaria presentada por la ciudadana GLADYS YOLIMAR BETANCOURT CAICEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.814.681, a favor de sus hijas ANNY MARGELIS y SOLIMAR KARELIS ARAQUE BETANCOURT, domiciliada en el Pabellón Aldea Los Naranjos sector el Oasis Municipio Fernández Feo del Estado Táchira y decide:
PRIMERO: Se establece como pensión de alimentos la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 150.000,oo) mensuales, los cuales deben ser descontados del salario devengado por el por el obligado y depositados los primeros cinco días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que este Tribunal ordene aperturar en la entidad bancaria Ba.....