CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JHONNY ALBERTO DÍAZ CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17862125, representado por la Procuradora de Trabajadores en el Estado Táchira, abogada: MARÍA ANTONIO ANDREU SUÁREZ; contra el ciudadano: ALEXANDER GAMBOA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5688677, y por consiguiente deberá cancelar al demandante, la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SESENTA BOLÍVARES (Bs. 1.721.654.60), por los conceptos anteriormente señalados.
Se ordena la corrección monetaria sobre las cantidades ordenadas a pagar en esta sentencia, con base al .....