CAPITULO IV
DE LA DECISIÓN
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Aumento de la Obligación Alimentaria a favor de los Adolescentes EYMARY, EILIMAR, JUAN PABLO y el niño JEFFERSON FABIAN CONTRERAS, y decide:
PRIMERO: Se establece como Aumento de la obligación Alimentaria la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.100.000,oo) mensuales, los cuales deberán ser depositados por el obligado FROILAN CONTRERAS DURAN, los primeros cinco (5) días de cada mes en la cuenta de ahorros Nro. 0007-0036-31-0010086811 a nombre de la ciudadana ANA JULIA CONTRERAS DIAZ cuyo beneficiarios son los Adolescentes EYMARY, EILIMAR, JUAN PABLO y el niño JEFFERSON FABIAN CONTRERAS.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Agosto el doble de la Obligación Alimentaria es decir l.....