Visto el ofrecimiento hecho por el Abogado MARTIN JAVIER MENDOZA JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.463.502, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.612, actuando en beneficio de su hijo MARTIN JAVIER MENDOZA SILVA, en escrito de fecha 10 de Enero de 2.008, el cual fue ratificado en acto de 29 de Enero de 2.008, el cual fue aceptado por la ciudadana: ROSANGELINA SILVA PORRAS, titular de la Cédula de identidad N° V-5.683.731, en Escrito de fecha 25 de Enero de 2.008, la cual corre a los folios 15 y 16; visto lo anterior este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se le de Fuerza Ejecutiva, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. A los fines de los depósitos de obligación de manutención se ordena que la oferida aperture una cuenta d.....