Visto el Desistimiento presentado por la beneficiaria de obligación alimentaria WENDY JHOANA GARCIA TOSCANO, de fecha 16 de Noviembre de 2.006, se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia se acuerda su Homologación de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. Así mismo se ordena oficiar al Director de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Táchira, San Cristóbal, a fin de Ordeno que deberán PAGAR a la brevedad posible LA CANTIDAD DE OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,00), cantidad esta que corresponde pensiones atrasadas de los meses Octubre 2005 a Diciembre de 2.005, de Enero de 2.006 a Noviembre de 2.006, pensiones estas que fueron descontadas en los mes correspondientes del salario o Pensión de Jubilado q.....