Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano DEIBY JOSE BLANCO DIAZ, quien manifestó "Ofrezco como obligación de manutención la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250°°) cantidad que depositare en al cuenta que ordeno aperturar el Tribunal. En el mes de diciembre le comprare la ropa, así mismo cubrir el 50% de los gastos médicos y de medicina que requiera nuestro hijo." Es todo. Seguidamente Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana CARLEY YOLIMAR SANDIA RESTREPO, quien manifestó "Que estoy de acuerdo con lo expuesto y ofrecido por el padre de nuestro hijo y solicito al Tribunal se ordene la apertura de una cuenta de ahorros en Banfoandes y que el obligado cumpla con puntualidad y responsabilidad lo acordado en este acto". Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO.....