Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano EDGAR ENRIQUE RAMIREZ HERNANDEZ, quien manifestó "Ofrezco aumentar la obligación de manutención a la cantidad de un mil bolivares (Bs. 1000°°) y en cuanto a las cuotas extraordinarias la cantidad de un mil bolivares (Bs. 1000°°) cantidades que seguiré depositando en la cuenta que esta aperturada en el Banco Bicentenario". Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana ELIZABETH CONTRERAS DURAN, quien manifestó: "Esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestro hijo". Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDA.....