Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Pensión de Alimentos que formulara la Ciudadana: ERIKA PAREDES RIVERA, en su carácter de madre las Niñas: MARÍA MERCEDEZ y MARÍA FERNANDA QUINTERO PAREDES por parte del ciudadano: HENRY ALEXANDER QUINTERO SERRANO.
SEGUNDO: Este Tribunal fija como pensión de alimentos para las Niñas: MARÍA MERCEDEZ y MARÍA FERNANDA QUINTERO PAREDES, la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00) mensuales y para los meses de Septiembre y Diciembre como cuotas extraordinarias la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00), aportes estos fuera de la pensión mensual fijada, cantidades estas que deberán ser depositadas en una cuenta de ahorros que aperturará el obligado en Banfoandes a nombre del Tribunal y m.....