Vista el Desistimiento presentado por la Ciudadana: ANNY MARIELYS AYALA MUÑOZ, de fecha 21 de Noviembre de 2.006. En consecuencia el Tribunal acuerda su Homologación, ordenando el archivo del expediente por cuanto la solicitante de pensión de alimentos así lo solicita en diligencia que corre al folio 12 del presente expediente. El Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. Así mismo se ordena el archivo del expediente e igualmente se acordó expedir por secretaria copia fotostática certificada de todas las actuaciones del presente expediente, tal y como lo solicitado la parte diligenciante.