Razón por la cual ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de Revisión (aumento) de Obligación de Manutención que incoara la Ciudadana: YELITZA RIVAS LAITON contra el Ciudadano: LUIS EUGENIO LIZARAZO GAMBOA, en beneficio de (omissis).
SEGUNDO: En consecuencia el Tribunal fija como aumento de Obligación de Manutención: la cantidad de CIENTO SESENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 165,00), fuera de los CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 435,00) que tenia fijados para un total de SEISCIENTOS BOLVIARES (Bs. 600,00) mensuales; en cuanto a la cuota extraordinaria del mes de Septiembre que estaba fijada en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) se incrementa en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) para un total de MIL DOSCIENTOS (Bs. 1.200,00), adicional a este .....