Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención que formulara la Ciudadana: CHACON MORENO MARIA EMERITA, en contra del ciudadano: BUENAÑO SANCHEZ JUAN CARLOS, en beneficio del niño: JUAN CARLOS BUENAÑO CHACON.
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento de Obligación de Manutención en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), fuera de los QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) que tenia fijados para un total de UN MIL BOLIVARES (Bs.1000,00) mensuales.
TERCERO: En cuanto a las Cuotas Extraordinarias para los meses de Agosto y Diciembre que actualmente están fijadas en la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1000,00), se incrementa: Para el mes de Agosto en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1500,00).....