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Decisiones del dia 11/01/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 3885-10 N° Sentencia : 2122 Fecha: 11/01/2011
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
RÓMULO ALFREDO PANTALEÓN ROLÓN - NAVARRO DE PANTALEÓN MARIBEL
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA: Ahora bien, este Tribunal a fin de pronunciarse en relación a la presente causa observa que en nuestra ley sustantiva vigente en su artículo 185-A, se establece: "Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no .....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
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N° Expediente : 3896-10 N° Sentencia : 2123 Fecha: 11/01/2011
Procedimiento:
Divorcio Por Ruptura Prolongada
Partes:
CIRO ALFONSO MÉNDEZ - NUBIA COROMOTO VALERO DE MÉNDEZ
Resumen:
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA: Ahora bien, este Tribunal a fin de pronunciarse en relación a la presente causa observa que en nuestra ley sustantiva vigente en su artículo 185-A, se establece: "Artículo 185-A.- Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no .....
Juez/Ponente:
Ana Ramona Acuña
Organo:
Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
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